Instituciones mexicanas reguladas · Asesor CNSF C417688
El mejor rendimiento para tus dólares
Compara lo que pagan las cuentas y pagarés en dólares de instituciones reguladas en México, con el respaldo de cada una a la vista.
Comparador de tasas en dólares
Estamos armando esta sección
Estoy verificando una por una las tasas en dólares de las instituciones mexicanas reguladas, igual que hacemos con las de pesos: contra la fuente oficial, sin copiar lo que dice la publicidad. En cuanto estén confirmadas aparecen aquí.
| Institución | Producto | Tasa bruta | Seguro | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
Estamos armando esta sección Estoy verificando una por una las tasas en dólares de las instituciones mexicanas reguladas, igual que hacemos con las de pesos: contra la fuente oficial, sin copiar lo que dice la publicidad. En cuanto estén confirmadas aparecen aquí. | ||||||
Las tasas son referenciales tomadas de fuentes públicas y revisadas a mano. Este comparador es informativo y educativo; no constituye recomendación ni asesoría de inversión ni oferta. Verifica directamente con la institución antes de invertir. Carlos Estrada (cédula CNSF C417688) ofrece asesoría personalizada sin costo. Algunos botones de “Abrir cuenta” son enlaces de referido: Carlos puede recibir una comisión y, en ciertos casos, tú también obtienes una recompensa o bono de bienvenida. Sin costo adicional para ti; no cambia la tasa mostrada.
Antes de mover tu dinero
Cómo paga impuestos un saldo en dólares en México
La ley no distingue la moneda: los intereses que te paga una institución mexicana tributan igual en pesos que en dólares. Lo que sí cambia —y casi nadie lo dice— es que el tipo de cambio entra a la misma cuenta.
0.90%
Te retienen sobre el capital, igual que en pesos
No es sobre lo que ganas: es sobre lo que tienes depositado, y es solo un anticipo del impuesto. Además la retención nunca puede ser mayor que los intereses que te pagaron, así que una cuenta que paga poco no puede terminar en negativo por el ISR.LISR arts. 133 y 135 · LIF 2026 art. 24 · RLISR art. 229
±
El tipo de cambio también es interés para el SAT
La ganancia cambiaria de tu saldo se grava como si fuera interés, y la institución la suma a tus intereses del año aunque no hayas retirado nada: al cierre del ejercicio compara el tipo de cambio con lo que te costaron esos dólares. Si el peso se aprecia, en vez de ganancia hay pérdida, y se puede aplicar contra otros intereses.LISR art. 8 · Regla 3.16.3 de la RMF 2026
Real
Al final pagas solo sobre lo que le ganaste a la inflación
En la declaración anual el impuesto se calcula sobre el interés real —lo que quedó por encima de la inflación— a tu tasa. La retención del 0.90% se acredita ahí: si te retuvieron de más, sale saldo a favor.LISR art. 134
US$8,668
Debajo de ese saldo no hay retención
En cuentas de cheques, de nómina, de pensión o de ahorro en moneda extranjera, la institución no retiene mientras el saldo promedio diario del año no pase de ese monto; por lo que exceda, sí. Ojo: es para ese tipo de cuentas, no para una inversión a plazo.Regla 3.16.6 de la RMF 2026 · LISR art. 93 fr. XX
Te avisamos cuando se muevan las tasas
Cuando una institución cambia lo que paga —en pesos o en dólares— te mandamos un aviso para que veas dónde te conviene mover tu dinero. Sin spam, solo cuando pasa algo que importa.
